Recursos / Mapeo de datos
Registro de actividades de tratamiento: ¿es obligatorio en Chile?
En resumen
- El texto de la Ley 19.628 modificada no usa la expresión «registro de actividades de tratamiento».
- Aun así, varias obligaciones son muy difíciles de cumplir o demostrar sin un inventario equivalente.
- En la práctica, es el documento desde el cual se construye el resto del programa.
Qué dice la ley, y qué no dice
Se suele afirmar que la Ley 21.719 obliga a llevar un RAT, como ocurre en el reglamento europeo. Revisamos el texto de la Ley 19.628 en la versión que rige desde el 1 de diciembre de 2026, y esa expresión no aparece. Esto podría cambiar o precisarse con futuras instrucciones de la Agencia.
Que no tenga ese nombre no significa que pueda omitirse. La ley exige saber y poder mostrar la misma información:
- Acreditar la licitud. El responsable debe poder demostrar la base de cada tratamiento (arts. 3° letra a, 13 y 14).
- Transparencia. Debe publicar los tipos de datos, las personas a quienes se refieren, los destinatarios, las finalidades, la base y los plazos (art. 14 ter).
- Evaluación de impacto. Hay que identificar qué tratamientos son de alto riesgo (art. 15 ter).
- Modelo de prevención. Si lo adopta, debe identificar la información, las categorías de datos y los titulares (art. 49 letra c).
Qué debería contener
La ley no fija un formato. Esta es la estructura que usamos en nuestro Diagnóstico, por cada tratamiento:
| Campo | Ejemplo |
|---|---|
| Nombre y finalidad | Gestión de remuneraciones · RR. HH. |
| Titulares | Trabajadores |
| Categorías de datos | Identificación, laborales y económicos |
| Base de licitud | Obligación legal |
| Origen de los datos | Directamente del titular |
| Sistemas | Software de sueldos y planillas |
| Destinatarios y encargados | Proveedor de sueldos, organismos públicos |
| Transferencias internacionales | País, datos y garantías, si las hay |
| Plazo de conservación | Según norma legal específica |
| Medidas de seguridad | Control de acceso por roles, respaldos |
Tres errores frecuentes
- Hacerlo solo con el área legal. Los datos también están en planillas, correos y teléfonos que nadie declaró.
- Dejar plazos «indefinidos». La ley limita la conservación al tiempo necesario, salvo excepciones (art. 3° letra c).
- Hacerlo una sola vez. Cada sistema o proveedor nuevo puede cambiarlo.
Cómo se construye
Mediante un mapeo de datos. Vea cómo funciona, y explore un ejemplo interactivo en 3D, en nuestra página de mapeo de datos.
Contenido informativo, no constituye asesoría jurídica para un caso particular. Los artículos citados corresponden a la Ley 19.628 modificada por la Ley 21.719, salvo que se indique otra norma. La Ley 21.663 también está en Ley Chile. Revise la versión vigente antes de tomar decisiones.